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Salud en Colombia: así quedaron los copagos y cuotas moderadoras que regirán en 2026

Cute girl and her mother looking at the doctor in hospital

A partir del 1 de enero de 2026 entran en vigencia los nuevos valores de copagos y cuotas moderadoras en el sistema de salud colombiano. El ajuste fue oficializado por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Circular Externa 048 de 2025 y aplicará durante todo el próximo año para los afiliados al régimen contributivo y subsidiado.

Una de las principales novedades es que las tarifas ya no se calculan con base en el salario mínimo, sino en la Unidad de Valor Básico (UVB), un indicador técnico creado para actualizar cobros y tarifas sin generar incrementos desproporcionados. Para 2026, el Ministerio de Hacienda fijó el valor de la UVB en 12.110 pesos, según la Resolución 3488 del 31 de diciembre de 2025.

Este indicador se ajusta con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), excluyendo alimentos y precios regulados, lo que permite que los costos en salud evolucionen de manera más acorde con el costo de vida real.

Cuotas moderadoras: valores según ingresos

La cuota moderadora corresponde al pago que realizan los afiliados cotizantes y sus beneficiarios cada vez que acceden a servicios como consultas médicas, exámenes ambulatorios o entrega de medicamentos. Para 2026, los valores quedaron definidos de acuerdo con el nivel de ingresos:

  • Afiliados que ganan menos de dos salarios mínimos: alrededor de 5.000 pesos por servicio.
  • Afiliados con ingresos entre dos y cinco salarios mínimos: cerca de 20.100 pesos.
  • Afiliados con ingresos superiores a cinco salarios mínimos: aproximadamente 52.800 pesos.

Copagos para servicios de mayor complejidad

El copago aplica principalmente a procedimientos de mayor costo, como cirugías u hospitalizaciones, y en el régimen contributivo solo lo pagan los beneficiarios del afiliado. Para el próximo año, los porcentajes y topes por evento quedaron establecidos de la siguiente manera:

  • Ingresos inferiores a dos salarios mínimos: pago del 11,5 % del valor del servicio, con un límite máximo de 373.715 pesos por evento.
  • Ingresos entre dos y cinco salarios mínimos: pago del 17,3 %, con un tope de 1.497.644 pesos.
  • Ingresos superiores a cinco salarios mínimos: pago del 23 %, con un máximo de 2.995.409 pesos por evento.

Además, el sistema fija un techo anual para proteger a las familias que requieren múltiples atenciones. Para 2026, estos límites serán de 748.882 pesos para el rango más bajo de ingresos, 2.995.409 pesos para el nivel intermedio y 5.990.696 pesos para los ingresos más altos.

¿Qué pasa con el régimen subsidiado?

El Ministerio de Salud recordó que los afiliados al régimen subsidiado no deben pagar cuotas moderadoras por servicios básicos. No obstante, en procedimientos de alta complejidad sí se aplican copagos, con restricciones claras:

  • El cobro no puede superar el 10 % del valor del servicio.
  • El tope máximo por evento es de 651.155 pesos.
  • El valor máximo acumulado durante todo el año no puede exceder 1.302.309 pesos por persona.

Las nuevas tarifas son de cumplimiento obligatorio para todas las EPS e IPS del país. Según el Ministerio, el objetivo de esta actualización es establecer reglas uniformes en el cobro de los servicios de salud y garantizar que los ajustes se realicen con criterios técnicos y previsibles para los usuarios.

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